En marzo pasado, ocho miembros del grupo de trabajo (Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia, Amnesty International, Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente, Comisión Colombiana de Juristas, Dejusticia, FIAN International, International Women’s Rights Action Watch - Asia Pacific, y Minority Rights Group International) presentaron un amicus en el caso Comunidades Indígenas de Lhaka Honhat vs. Argentina ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Los miembros instaron a la Corte a basarse en su reciente jurisprudencia sobre los DESC y a aplicar los derechos autónomos a un medio ambiente sano, identidad cultural, alimentación y agua bajo el artículo 26 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Los miembros situaron su análisis compartido en el marco de los derechos de los pueblos indígenas a la autodeterminación y al desarrollo, recordando las obligaciones de los estados de obtener el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas respecto de las actividades que pudieran perjudicar sus derechos, incluyendo en relación con la tierra y los recursos naturales. El caso Lhaka Honhat está siendo litigado por el miembro Centro de Estudios Legales y Sociales. En agosto del año pasado, el Comité de derechos humanos de la ONU emitió una decisión favorable en Toussaint vs. Canadá, reconociendo la obligación positiva de los Estados de garantizar que todos tengan acceso a la atención médica esencial necesaria para evitar riesgos previsibles para la vida, independientemente de su estado migratorio. El caso fue litigado por el miembro Social Rights Advocacy Centre. El miembro Amnesty International proporcionó una opinión jurídica sobre el caso, al igual que los miembros Center for Economic and Social Rights, Centro de Estudios Legales y Sociales, Global Initiative for Economic, Social and Cultural Rights, Section 27 y Socio-Economic Rights Institute of South Africa. En junio del año pasado, el Comité de la ONU sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR) anunció una decisión positiva en el caso Marcia Cecilia Trujillo Calero (MCTC) vs. Ecuador. El caso se refería a la injusta negación por parte del estado de la pensión de la autora a pesar de que había realizado muchos años de trabajos de cuidado no pagos y había hecho aportes voluntarios de buena fe al sistema de seguridad social. El Comité vio violaciones del artículo 9 (derecho a la seguridad social) y de los artículos 2(2) (no discriminación) y 3 (igualdad entre el hombre y la mujer) junto con el artículo 9 del Pacto Internacional de DESC. El CESCR tomó en cuenta la intervención de terceros centrada en la igualdad de género preparada en forma colectiva por miembros de los Grupos de Trabajo de Litigio Estratégico y Mujeres y DESC: Amnesty International, Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia, Center for Economic and Social Rights, Economic and Social Rights Centre – Hakijamii, Foro Ciudadano de Participación por la Justicia y los Derechos Humanos, Global Initiative for Economic, Social and Cultural Rights, International Women's Rights Action Watch Asia Pacific, Legal Resources Centre, Social Rights Advocacy Centre y miembros individuales Lilian Chenwi and Viviana Osorio Pérez. Próximos pasosEn la sección “actividades de implementación” encontrará oportunidades de participación de los miembros en el cumplimiento de la decisión del caso MCTC. Avísenos si sabe de un caso que pueda ser estratégico para otra intervención colectiva; comuníquese con el coordinador del GTLE, Fernando, en la siguiente dirección fdelgado@escr-net.org.
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