Cortes británicas defienden el disfrute de las mujeres a los derechos a una vivienda adecuada y a la protección social
Yemshaw c. London Borough of Houslow, [2011] UKSC 3
La Reina sobre la solicitud de Sheila Winder, Lisa Marie Dowen y Sarah Hampton c. Sandwell Metropolitan Borough Council, [2014] EWHC 2617 (Admin)
La violencia doméstica, que afecta predominantemente a las mujeres, suele obligarlas a huir de sus hogares y es una de las principales causas de la falta de vivienda. Otras mujeres quedan atrapadas en entornos de abuso y su situación se agrava debido a la falta de viviendas seguras alternativas. El Grupo de Trabajo de mujeres y DESC (MDESC) de la Red-DESC destacó que la violencia doméstica es un impedimento para la plena realización de los derechos humanos de las mujeres a la tierra, la vivienda y los recursos naturales. En este número de
Justicia-DESC analizamos dos casos del Reino Unido que se relacionan con la intersección entre la violencia doméstica y el disfrute de las mujeres del derecho a una vivienda adecuada y otros derechos humanos. Dada la escala global de la violencia doméstica (la OMS estima que en todo el mundo casi un tercio de las mujeres ha sido víctima de la violencia de su pareja), estos casos son importantes en todas las jurisdicciones.
En Yemshaw c. London Borough of Houslow, la actora era una mujer casada que abandonó su hogar familiar con dos hijos pequeños porque sentía que el marido le daba un tratamiento inhumano: le gritaba, retenía recursos financieros y le hacía tener constantemente temor a que la fuera a golpear o a quitarle los hijos. Pidió ayuda a la autoridad local habitacional para encontrar una vivienda. Como su marido nunca la había golpeado ni amenazado con dañarla físicamente, la autoridad habitacional se negó a ayudarla. La Corte Suprema del RU confirmó que la definición legal de la
palabra “violencia” va más allá del contacto físico e incluye el abuso emocional y psicológico, así como el abuso financiero, a los efectos de la clasificación como sin techo y para acceder a viviendas sociales. La sentencia se basó en estándares nacionales e internacionales pertinentes, incluyendo la Recomendación General Nro. 19 del Comité de la ONU sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer.
El caso La Reina sobre la solicitud de Sheila Winder, Lisa Marie Dowen y Sarah Hampton c. Sandwell Metropolitan Borough Council va un paso más allá al referirse al efecto dominó de la inestabilidad habitacional sobre otros derechos económicos, sociales y culturales. Este caso fue iniciado por tres mujeres a las que, a pesar de que cumplían con los requisitos financieros necesarios para favorecerse con una reducción del impuesto local, les fue negado el beneficio debido a un requisito de dos años de residencia incluido en un nuevo plan tributario. Las tres mujeres habían vivido en Sandwell la mayor parte de sus vidas,
pero ninguna porción de los dos años previos al plan tributario. Todas habían sufrido inestabilidad habitacional debido a situaciones de abuso doméstico, enfermedad mental o viudez reciente y tenían ingresos muy limitados. El Tribunal Superior del Reino Unido eliminó el requisito de residencia por múltiples razones, incluyendo que el requisito quedaba fuera de la autoridad legal, discriminaba contra las mujeres y los ciudadanos de países que no fueran del RU, y no cumplía con la obligación de consultar a las partes afectadas. La Corte sostuvo que la clara intención del parlamento era cuidar de las personas en situación de necesidad, y si se generalizaba el
requisito de residencia la gente podría elegir recibir beneficios sociales en lugar de mudarse y se volvería más difícil que las personas huyan de situaciones de abuso o se ocupen de familiares enfermos. Considerando la discriminación, el Tribunal dictaminó que el requisito de residencia era indirectamente discriminatorio contra la mujer, dado que es considerablemente más probable que las mujeres (no los hombres) sean víctimas de violencia doméstica, lo que puede obligarlas a huir a otro lugar, siendo que quienes huyen suelen tener recursos muy limitados y una persona que huye a Sandwell no cumple con el requisito de residencia.
Ambos casos ilustran el impacto de la violencia doméstica sobre el disfrute de los derechos humanos en la práctica, en particular los derechos a una vivienda adecuada y a la protección social. Las sentencias, al adoptar una interpretación más amplia de la experiencia de la violencia de género y al considerar la discriminación indirecta como un elemento clave de un análisis más amplio de la igualdad sustantiva, representan un aporte importante a las nuevas estrategias destinadas a prevenir la violencia contra la mujer y asegurar efectivamente los derechos humanos de las mujeres. Asimismo, al comprender y confrontar la violencia
doméstica (y otras formas de violencia observadas en todo el mundo) es posible abordar la tendencia de la creciente desigualdad, una de las condiciones globales comunes mencionadas en la Carta Común para la Lucha Colectiva de la Red.
Agradecemos especialmente los aportes de Child Poverty Action Group y los miembros de la Red DESC: Program on Human Rights and the Global Economy at Northeastern University (PHRGE) y JustFair UK.
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